Arg - Represores desenchufados

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Ex miembros del grupo de tareas de la ESMA presentaron un hábeas corpus en el que protestaron por sus condiciones de detención, ya que fueron trasladados a una cárcel militar. Antes estaban en unidades de la Armada. Argumentaron que habían sido privados “de medios adecuados de comunicación con el mundo exterior”. El reclamo fue rechazado.
Por Nora Veiras y
Victoria Ginzberg

Para Alfredo Astiz y otros represores de la ESMA, el teléfono celular y la conexión a Internet son derechos humanos fundamentales. Como su nueva prisión no cuenta con esos servicios, presentaron un hábeas corpus. Aprovecharon que les habían cortado el agua por unas horas para quejarse de sus condiciones de detención. La semana pasada, el juez federal Juan Manuel Culotta consideró que la presentación era “improcedente”.

Hace dos meses, la ministra de Defensa, Nilda Garré, dispuso que diecisiete represores que estaban presos en unidades de la Armada fueran trasladados al Instituto Penal de las Fuerzas Armadas, una cárcel que queda dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo. Los ex miembros del grupo de tareas 3.3.2 pusieron el grito en el cielo. Su abogado, Juan María Aberg Cobo, hizo el reclamo judicial a través de un hábeas corpus, un recurso que se utiliza cuando se supone en riesgo la vida, la libertad o la integridad física de una persona y al que apelaron, sin éxito, los familiares de desaparecidos durante la última dictadura.

Además de Astiz, los detenidos que no se acostumbran a que están presos son: Antonio Pernías, Carlos Octavio Capdevilla y Rogelio José Martínez Pizarro. Aberg Cobo argumentó que a ellos se les habían “agravado ilegítimamente la forma y condiciones en que se cumple la privación de sus libertades”. Dijo que no tenían agua (“lo que les impide higienizarse adecuadamente a pesar de sus edades y dolencias”) ni ventanas “que posibiliten el recambio de aire y la correcta refrigeración y/o calefacción”. El otro motivo de queja era que carecían “de medios adecuados de comunicación con el mundo exterior”. En fin, reclamaba el restablecimiento del servicio y uso de teléfonos celulares y libre acceso a Internet, del que sus defendidos, según escribió, habían sido “injustamente privados”.

El juzgado solicitó informes al Instituto Penal de las Fuerzas Armadas, cuyas autoridades explicaron que el uso de internet y celulares estaba prohibido y que el reglamento establecía que las comunicaciones telefónicas debían realizarse exclusivamente mediante teléfonos públicos habilitados en el establecimiento. Según el reporte, los represores tienen “un teléfono público para realizar llamadas dentro de la franja horaria de 8 a 22 y dos líneas para recibir llamadas sin restricciones horarias”. Y pueden “tener acceso a programas de televisión y radio y a periódicos a su costa”.

Desde la cárcel militar también se aclaró que había sido repuesto el servicio de agua y se explicó que había sido interrumpido por tres o cuatro horas en tres oportunidades en el lapso de una semana por un problema técnico. Quedó claro que el trato para con los represores detenidos es bastante digno. Por ejemplo, cuentan con habitaciones individuales con calefactores de tiro balanceado en buen estado de funcionamiento, colchones y ropa de cama nueva.

El traslado al Instituto Penal de Campo de Mayo de los diecisiete ex miembros del grupo de tareas de la ESMA que estaban presos en unidades de la Marina fue dispuesto por Garré el 17 de julio pasado. La ministra había enviado una carta a los jueces federales a cargo de causas en las que se investigan crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado en la que aseguraba que “la distribución de los detenidos dispersos en diversas guarniciones militares afecta el normal desempeño de las funciones legalmente asignadas a las Fuerzas Armadas y sus tareas cotidianas”. También señalaba que los militares se veían obligados a asumir tareas carcelarias, pero que el hecho se agravaba por el mal ejemplo que los presos daban a los oficiales que debían convivir con ellos: “Los militares de hoy deben desenvolverse en el mismo ámbito en que se encuentran detenidas a disposición de la Justicia personas que, durante su actuación como miembros de las Fuerzas Armadas, han desplegado prácticas absolutamente contrarias con la ética, el honor y la lealtad que deben profesar hacia el pueblo de la República aquellos que opten por la profesión militar”.

A partir de ese escrito se acordó con el juez Sergio Torres que diecisiete presos de la causa ESMA fueran alojados en Campo de Mayo, en una cárcel para presos condenados o sancionados por la Justicia castrense. La unidad de asistencia a las causas sobre el terrorismo de Estado de la Procuración General de la Nación se expidió hace tiempo -en sintonía con el reclamo de los organismos de derechos humanos- en contra de que los represores estuvieran detenidos en unidades del Ejército o la Marina. La Procuración señaló que los miembros de las Fuerzas Armadas no podían ejercer el rol de custodia y seguridad de presos, sino que esa era una tarea específica del Servicio Penitenciario.

El Instituto Penal de Campo de Mayo está a cargo de Gendarmería. Desde el Ministerio de Defensa se había resuelto acondicionar una regimiento de la zona de Arana como cárcel especial para los represores en la que tendría injerencia el Servicio Penitenciario. La reforma se realizó, pero las celdas quedaron tan cómodas (alfombra incluida) que el sitio terminó pareciendo un hotel y el ministerio descartó usarlo como lugar de reclusión para alojar a quienes violaron los derechos humanos. En cambio, se destinó a los suboficiales que viven en el regimiento.

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