Arg - Un fiscal opinó en contra de que Bussi y Menéndez sean juzgados por escrito

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El ex gobernador de facto espera ahora la decisión del Tribunal.

Para el fiscal general ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, Alfredo Miguel Terraf, los represores Antonio Domingo Bussi y Luciano Benjamín Menéndez tienen que sentarse en el banquillo de los acusados para ser juzgados por la desaparición y secuestro del ex senador provincial Guillermo Vargas Aignasse. La opinión de Terraf -no vinculante- será tenida en cuenta por los miembros del Tribunal para tomar una decisión final.

La defensa de los represores Antonio Domingo Bussi y Luciano Benjamín Menéndez tuvo un revés en su planteo de que ambos sean juzgados por escrito en el marco de la causa por el secuestro y desaparición del ex senador provincial Guillermo Vargas Aignasse. El jueves pasado, el fiscal general ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, Alfredo Miguel Terraf, firmó su dictamen en contra del planteo del abogado Horacio Conesa Mones Ruiz, y a favor de que los represores sean sentados en el banquillo de los acusados.

Ahora la opinión de Terraf, que si bien no es vinculante, será tenida en cuenta por los miembros del Tribunal, Carlos Jiménez Montilla (presidente), Gabriel Casas y Josefina Curi (vocales), quienes tendrán que resolver finalmente si los militares retirados serán sometidos a un juicio oral o por escrito. primerafuente confirmó la decisión de Terraf, sin conocer hasta el cierre de esta edición los argumentos de su dictamen. Sólo se supo que entre sus fundamentos citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El abogado defensor no quiere que sus clientes se sienten en el banquillo de los acusados en el que será el primer juicio por los derechos humanos que se realizará en Tucumán. “Prefiero que se los juzgue por escrito porque las palabras se las lleva el viento y los papelitos cantan. Y personalmente no quiero ningún circo después de 30 años”, manifestó ante la consulta telefónica de primerafuente, durante la semana pasada.

El letrado hizo el planteo ante el Tribunal Oral en base al artículo 12 de la Ley 24.121 sobre Implementación y Organización del Proceso Oral Penal. Según Conesa Mones Ruiz, Bussi y Menéndez tienen que ser juzgados en base al Código Procesal Penal que regía al momento de los hechos, salvo que ellos manifiesten lo contrario. Y en el marco de esa vieja norma -según señaló- los juicios son por escrito.

http://www.primerafuente.com.ar/nota.asp?id_seccion=2&seccion=&id_nota=41309

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