ICAED Campana por la Convencion Internacional por la proteccion de todas las personas contra desapariciones forzadas.

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El 30 de agosto de 2008 se cumple el 25 aniversario del Día Internacional del Desaparecido. Este dia conmemoramos los desaparecidos y le pedimos a apoyar nuestra lucha por la ratificación universal de la Convención Internacional por la protección de todas las personas contra desapariciones forzadas.

Nosotros, familiares de desaparecidos y organizaciones de derechos humanos de todo el mundo se unieron para establecer la Coalición Internacional contra Desapariciones Forzadas (ICAED) en 2007. Unido hacemos una campana por la convención.

La Convencion proporciona muchos elementos para prevenir, investigar y sancionar el crimen de desaparición forzada. Sin embargo, para realizar el nivel de protección que ofrece la Convención necesitamos muchas ratificaciones más. Actualmente tenemos cuatro ratificaciones (Albania, Argentina, Honduras y México).

Por lo tanto pedimos a personalidades y ONGs para apoyar nuestra campana con la firma de la ‘carta de llamada’, que esta adjuntado a este mensaje. Con la carta llamamos a gobiernos a que firmen, ratifiquen e implementen la Convención (carta tambien disponible a www.icaed.org en ingles, francés, español, árabe y ruso). La carta será enviado a todos los Jefes de Estado del mundo.

Personalidades (judicial, político, cultural, etc.), para firmar envíenos su NOMBRE, PAIS Y OCUPACION

ONGs, para firmar envíenos la NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN, PAIS, PUESTO DEL FIRMANTE

Le rogamos que envíen sus firmas a d.hardy@aimforhumanrights.nl antes de augusto 28.

La desaparición forzada de personas es una de las más odiosas violaciones de derechos humanos y un crimen internacional. El desaparecido es despojado de todos sus derechos y colocado en situación de total indefensión a la merced de sus victimarios, sin ninguna protección de la ley. La desaparición forzada constituye en sí misma la negación del ser humano. Su práctica causa hondos sufrimientos en los familiares y amigos del desaparecido: la eterna espera de su regreso y la total incertidumbre de su suerte y paradero constituyen una forma de tortura continua para padres, esposos (as) e hijos (as) del desaparecido (a). El robo de niños nacidos durante el cautiverio de sus padres desaparecidos es una de las prácticas más repugnantes y contraria a todo principio básico de humanidad. La práctica de la desaparición forzada vulnera los dictados más elementales de humanidad y los principios básicos del estado de derecho y del derecho internacional.

La desaparición forzada constituye un desafío al concepto mismo de los derechos humanos: es la negación del derecho para el ser humano a tener una existencia, una identidad. La desaparición forzada transforma al ser en un no-ser. Es la corrupción última, el abuso de poder que permite a los responsables transformar la ley y el orden en algo irrisorio y cometer crímenes infames.

La desaparición forzada de personas no es, lamentablemente, una práctica del pasado o de ciertas regiones en el mundo. Todos los continentes han conocido o conocen esta criminal práctica. Hoy día se sigue desapareciendo en numerosos países del mundo. Su práctica aparece y reaparece intermitentemente negando los fundamentos mismos de la dignidad humana. La desaparición forzada es no sólo la expresión de formas criminales de proceder de la autoridad pública: su práctica esta asociada a formas clandestinas de represión y, en muchos países, ha sido o es parte integrante de estrategias destinadas a crear el terror en la sociedad. El sentimiento de inseguridad que genera esta práctica, no sólo entre familiares y allegados del desaparecido, se extiende a las comunidades o colectividades a las que pertenece el desaparecido y a la sociedad misma. Hoy, para combatir eficazmente y erradicar las desapariciones forzadas y su impunidad, principal factor que alienta la persistencia de esta práctica, se requiere de una convención así como la movilización de todas las energías humanas contra este flagelo.

Frente a esta práctica odiosa e inhumana, un inmenso y sostenido esfuerzo ha sido desplegado desde 1981 por asociaciones de familiares de desaparecidos, organizaciones no gubernamentales, gobiernos e instancias internacionales para lograr que un tratado contra la desaparición forzada sea adoptado por las Naciones Unidas. Finalmente, el 20 de diciembre de 2006, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó por consenso la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

La Convención viene a llenar un vacío inmenso e intolerable: la ausencia de un tratado internacional para luchar contra de este crimen internacional y grave violación de los derechos humanos. La Convención consagra el derecho a no ser sometido a desaparición forzada así como el derecho de los familiares del desaparecido a conocer a la verdad. La Convención contiene numerosas disposiciones en materia de prevención, investigación y castigo de este crimen, así como en lo que atiene a los derechos de las víctimas y sus familiares, el robo de niños nacidos durante el cautiverio de sus padres desaparecidos y la cooperación internacional, tanto en materia de represión como humanitaria. La Convención establece un Comité contra la Desaparición Forzada, dotado de importantes y novadores procedimientos de vigilancia y protección internacionales. Esta Convención no solamente dotará a la comunidad internacional de una herramienta jurídica para luchar efectivamente contra la desaparición forzada, sino que constituye un mensaje político fundamental de que esta práctica odiosa no puede ser tolerada y debe ser erradicada.

La pronta entrada en vigor de la Convención y su implementación deben ser asumidas como una prioridad por los Estados del mundo. El respeto y la implementación de sus disposiciones representarán un desarrollo fundamental en el fortalecimiento de los derechos humanos y del estado de derecho, tanto a nivel nacional como internacional.

Ha llegado la hora de traducir las declaraciones de la Comunidad internacional, condenando esta odiosa práctica, en acción de lucha y erradicación de la desaparición forzada. Por ello, la Coalición Internacional contra Desapariciones Forzadas hace un llamado a todos los Estados del mundo a:

firmar y ratificar, sin demora y como asunto prioritario, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas;
abstenerse de formular reservas incompatibles con el objeto y el propósito de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas;
reconocer la competencia del nuevo Comité contra la Desaparición Forzada para recibir y examinar comunicaciones individuales; y
adoptar sin demora las disposiciones de derecho interno que resulten necesarias para la implementación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

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This page contains a single entry by Marga Lacabe published on 7 de Agosto 2008 10:57 PM.

Action - Sign letter for ratification of Disappearances Convention was the previous entry in this blog.

Peru - Este viernes dictan sentencia por desaparicion de 4 campesinos de Ayacucho is the next entry in this blog.

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