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Confirman el procesamiento de Rubén Páez y Miguel Kearney por los delitos cometidos en el "Pozo de Arana"
Al ratificar la decisión, la Sala I de la Cámara ratificó la validez en sede penal de los testimonios vertidos en el Juicio por la Verdad.
(La Plata, 7enero2008).- La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó el procesamiento de los represores Rubén Oscar Pàez y Miguel Kearney, dispuesto por el juez Arnaldo Hugo Corazza, por encontrarlos "prima facie" responsables de los delitos de privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos.
Páez fue designado como Comisario a cargo de la Brigada de Investigaciones de La Plata desde el 30 de diciembre de 1976 hasta comienzos de diciembre de 1977. Según el juez Corazza, teniendo presente la dependencia orgánica y funcional que tenía el centro de Arana con respecto a la Brigada de Investigaciones, Páez resulta responsable de los delitos cometidos en aquél centro por haber impartido órdenes y aportado medios materiales para la producción de tales hechos.
Al ratificar la decisión, la Sala I de la Cámara ratificó la validez en sede penal de los testimonios vertidos en el Juicio por la Verdad.
(La Plata, 7enero2008).- La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó el procesamiento de los represores Rubén Oscar Pàez y Miguel Kearney, dispuesto por el juez Arnaldo Hugo Corazza, por encontrarlos "prima facie" responsables de los delitos de privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos.
Páez fue designado como Comisario a cargo de la Brigada de Investigaciones de La Plata desde el 30 de diciembre de 1976 hasta comienzos de diciembre de 1977. Según el juez Corazza, teniendo presente la dependencia orgánica y funcional que tenía el centro de Arana con respecto a la Brigada de Investigaciones, Páez resulta responsable de los delitos cometidos en aquél centro por haber impartido órdenes y aportado medios materiales para la producción de tales hechos.
Por su parte, Kearney, además de formar parte de la "patota" que detenía y trasladaba a las víctimas del terrorismo de estado, resulta también responsable por su ubicación en la cadena de mandos, ya que detentó los cargos de subsomisario y comisario. En tal carácter, se lo acusa también de haber proporcionado los medios para concretar los hechos delictivos que se le imputan. Kearney fue jefe del centro clandestino de detención que funcionaba en el Destacamento de Arana.
La APDH LA PLATA había solicitado la detención de este represor en numerosas oportunidades, desde que la causa se hallaba en manos del juez Manuel Humberto Blanco, quien con posterioridad se declaró incompetente.
La defensa de ambos represores presentó un recurso contra el procesamiento, aduciendo que no eran responsables de los delitos que se les imputaban y cuestionando la validez probatoria de los testimonios volcados en el llamado "Juicio por la Verdad".
La Cámara Federal rechazó el recurso afirmando que las constancias reunidas en la causa "conforman un frondoso cuadro probatorio". Con respecto al Juicio por la Verdad afirmaron los magistrados que "cierto resulta que el proceso que se lleva y se ha llevado a cabo en el marco del referido Juicio ostenta una naturaleza distinta a este proceso penal, máxime cuando el mismo adolece de carácter punitivo, mas tal circunstancia no invalida que los testimonios y todo el conjunto de pruebas que en aquel se recabe, pueda ser utilizada como un medio probatorio idóneo a los fines de asignar responsabilidad penal en el marco de este proceso".
Con esta decisión el Tribunal vuelve a ratificar la importancia, no sólo histórica, del Juicio por la Verdad, que la APDH LA PLATA promoviera hace casi diez años, junto a un grupo de madres y familiares de desaparecidos.
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Para recibir estos mensajes envíe un mail en blanco y sin asunto a asamblea-subscribe@yahoogroups.com.
Visite nuestra página web: www.apdhlaplata.org.ar
La APDH LA PLATA había solicitado la detención de este represor en numerosas oportunidades, desde que la causa se hallaba en manos del juez Manuel Humberto Blanco, quien con posterioridad se declaró incompetente.
La defensa de ambos represores presentó un recurso contra el procesamiento, aduciendo que no eran responsables de los delitos que se les imputaban y cuestionando la validez probatoria de los testimonios volcados en el llamado "Juicio por la Verdad".
La Cámara Federal rechazó el recurso afirmando que las constancias reunidas en la causa "conforman un frondoso cuadro probatorio". Con respecto al Juicio por la Verdad afirmaron los magistrados que "cierto resulta que el proceso que se lleva y se ha llevado a cabo en el marco del referido Juicio ostenta una naturaleza distinta a este proceso penal, máxime cuando el mismo adolece de carácter punitivo, mas tal circunstancia no invalida que los testimonios y todo el conjunto de pruebas que en aquel se recabe, pueda ser utilizada como un medio probatorio idóneo a los fines de asignar responsabilidad penal en el marco de este proceso".
Con esta decisión el Tribunal vuelve a ratificar la importancia, no sólo histórica, del Juicio por la Verdad, que la APDH LA PLATA promoviera hace casi diez años, junto a un grupo de madres y familiares de desaparecidos.
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